VIAJE DE EGRESADOS ¿QUÉ HAY QUE TENER EN CUENTA?
¿Qué hay que
tener en cuenta?
HABILITACIÓN
Todas las agencias de viajes deben cumplir con la ley
N° 18.829 y en lo que respecta a Turismo Estudiantil además deberán cumplir con
la ley N°25.599, modificada por la ley N°26.208 y la Resolución N° 23/14.
Las agencias de viajes estudiantiles, deben contar con
un "Certificado nacional de autorización para agencias de turismo
estudiantil" el cual es otorgado por el Registro de Agentes de Viajes a
cargo del Ministerio de Turismo.
CONTRATO
El
contrato debe incluir todos los datos del transporte (fecha de salida y
regreso), alojamiento, comidas, excursiones diurnas y nocturnas y seguros.
CUOTA
CERO
Es
una especie de seguro que garantiza un servicio básico de transporte, seguro,
alojamiento con pensión completa, y excursiones de dia que no sean de riesgo.
Si
la agencia no cumple con este requisito puede ser sancionada con multas,
suspensión y hasta la cancelación del certificado nacional.
Con
el pago de dicha cuota se busca generar un fondo para garantizar el cumplimiento
de los viajes estudiantiles. Al fondo se
lo denomina Fondo de Turismo Estudiantil y es administrado bajo la forma de un
fideicomiso por Nacion Fideicomiso S.A
SEGURO
La agencia
debe informar todos los datos de la contratación de los seguros. Los cuales que
deben cubrir todos los riesgos del viaje: responsabilidad civil, accidentes
personales, asistencia médica y farmacéutica, y servicios de asistencia del
viajero.
PAGOS
Las
empresas de turismo estudiantil suelen congelar el precio del viaje al momento
de la contratación y generalmente se abona en unas 18 cuotas fijas mediante
cuponeras.